Bucaramanga, Santander. Enero 28 de 2022.
AEROPUERTOS DE ORIENTE S.A.S., SE PERMITE ACLARAR A LA OPINIÓN PÚBLICA QUE:
Frente a las diferentes versiones emitidas por terceros, en las que se indica que se han presentado cobros injustificados a las empresas de taxis, en las tarifas sobre la prestación de su servicio, en el Aeropuerto Internacional Palonegro de Lebrija, que sirve a la ciudad de Bucaramanga, Aeropuertos de Oriente S.A.S., informa que, de acuerdo a lo pactado en el Contrato de Concesión No. 10000078 OK de 2010, suscrito con la Agencia Nacional de Infraestructura, desde el año 2010 este Concesionario está dando cumplimiento a las obligaciones contractuales y aplicación a las facultades derivadas del mismo, dentro de las que se otorga a la Concesión el derecho a la explotación comercial de las denominadas Áreas Concesionadas, es decir, zonas del lado tierra, como son la terminal de pasajeros, los parqueaderos y las vías de acceso, entre otras.
Bajo este escenario y en aras de ofrecer un servicio al pasajero que cumpla con unos niveles de calidad en el aeropuerto, la Concesión ha venido seleccionando operadores logísticos de transporte, a través de licitaciones de carácter privado, con el objetivo de contar con un servicio organizado y en condiciones adecuadas para los usuarios, exigiendo a los operadores el cumplimiento de la normatividad correspondiente en materia de transporte, así como, con las certificaciones del Sistema Integrado de Gestión de Aeropuertos de Oriente S.A.S. Esto quiere decir que, las asociaciones y/o operadores que se postulen deben regirse bajo las normas ISO 9001:2015 (Calidad), 45001:2018 (Seguridad y Salud en el Trabajo), ISO 28000:2007 (Seguridad) e ISO 14001:2015 (Medio Ambiente). Con ello, se garantiza que tanto los vehículos tipo taxi como sus conductores, cumplan aspectos como: SOAT vigente, revisión tecno mecánica, Seguridad Social, exámenes de salud, entre otros.
Así mismo, es importante mencionar que, en la relación comercial que exista entre la empresa operadora de la logística de transporte en el aeropuerto y la Concesión, se establece una tarifa por explotación comercial en área concesionada y que el operador adquiere beneficios como: áreas privadas para oficinas, áreas de descanso para los conductores de taxi, áreas de parqueo, entre otros. Adicionalmente, se aclara que la citada relación comercial no implica, en forma alguna, una restricción para el acceso de cualquier taxista debidamente habilitado a las demás áreas.
Igualmente, el operador logístico tiene un representante legal que mantiene las relaciones con la Concesión, por lo tanto, debe velar por la continuidad de la operación y servicio de transporte, según indica el contrato. Del mismo modo, es el canal para cualquier evento que requiera intervención del concesionario.
Finalmente, sea esta la oportunidad para reiterar el compromiso de la Concesión Aeropuertos de Oriente S.A.S., con la prestación de servicios organizados, que cumplen con lo dispuesto normativamente, garantizando así una experiencia de calidad a los usuarios.